SOLUCIÓN AMIGABLE DE CONFLICTOS
Primera parte
Somos un país con una cultura tradicional de ganar-perder, es decir concebimos que cuando alguien gana, es porque el contrincante o la contraparte pierde, por lo que resulta novedoso, distinto, retador, a veces confuso, entender que hay formas de ganar-ganar, es decir, que ninguna de las partes con intereses encontrados o distintos, tiene por qué perder, o una de ellas ganar a costa de la otra, esto significa una nueva forma de ser, de convivir y de concebir las relaciones sociales.
Hace algunos años nuestra máxima norma reconoció la posibilidad de encontrar en las leyes a los Medios Alternativos de Solución de Conflictos -en adelante MASC- . Cuando de concebir a la justicia se trata, hay muchas experiencias, en su gran mayoría exitosas, grandes esfuerzos, poco a poco, hace algunos años vimos como todas las judicaturas integraban en su composición a los centros o espacios alternativos de solución de controversias, también cuando la justicia penal se transformó, integró en ella ya a la justicia restaurativa.
Una gran noticia fue que todas las normas de los estados fueron integrando a los MASC, dentro de lo que sus competencias les permitían, con algunas entidades con grandes avances cómo Nuevo León, Jalisco, Quintana Roo.
Pero una mejor noticia fue la posibilidad de concebir una Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, que inicia su vigencia el 26 de enero de 2025. En la cotidianidad de las mujeres compartimos este tema, porque construir un mundo de paz, debe ser un esfuerzo y una meta de quienes habitamos el país, para fortalecer las relaciones sociales que tenemos, que creamos, que conflictuamos, para también tener la responsabilidad de mostrar a las generaciones futuras una cultura donde a través de la mediación y la conciliación -entre otras- podemos resolver los problemas que se enfrentan en el día a día.
Esta ley de la que les hablo tiene varias novedades, el inicio de su vigencia amerita conocer las bondades de dicha normatividad, y vislumbrar como se va a aplicar, además de reflexionar en el impacto que tendrá en los sistemas que ya tienen experiencias previas. La nueva ley, no elimina a las normas estaduales, sino les da estructura con el reto de homogeneizarlas y tener un punto de partida común.
Integra temas necesarios e innovadores, como tecnologías de la información, niñez y a la materia administrativa como ejemplo. Refuerza los principios y las bases de los MASC, define -entre otros- a la autonomía de la libertad, de buena fe, confidencialidad, flexibilidad, gratuidad, imparcialidad, legalidad, interés superior de la niñez, neutralidad.
El acceso a la justicia alternativa es una garantía para las personas para tener acceso a una justicia diferente y distinta a la jurisdiccional, base de todo es la voluntad que se traduce en la autonomía de la libertad. Por eso en ella no pueden atenderse -por ningún motivo- casos donde haya violencia por razón de género.
El proceso no está orientado a la verdad, a saber, quién hizo que, sino el centro es encontrar la solución al conflicto, es sencillo, flexible, pero no debe confundirse, pues la legalidad, no puede ser contrario al orden jurídico, interés público o derechos no disponibles. Por su importancia desarrollaremos este proceso en otras entregas.
Conocer su impacto, al tratarse de una norma vigente ya, amerita identificar con puntos clave como son:
Tiene por objeto establecer las bases principios generales y distribución de competencias para los MASC de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 quinto párrafo y 73 fracción XXIX-A de la Constitución Mexicana.
Es de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio nacional.
Es supletorio el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.
Promueve la cultura del diálogo y la negociación, pues fomenta la solución pacífica de conflictos a través de procedimientos confidenciales, voluntarios y con mayor flexibilidad en comparación a un procedimiento judicial.
Refleja un esfuerzo para aligerar la carga de los tribunales y proporcionar mayores opciones a las y los gobernados para resolver sus conflictos.
Establece la existencia del Consejo Nacional de MASC describiendo su integración, así como sus facultades.
Norma a los Centros de MASC y unifica el tratamiento de dichos medios a nivel nacional.
Regula los requisitos y las facultades de las personas titulares de dichos Centros Públicos de MASC.
Establece las cualidades y requisitos de las personas facilitadoras públicas y privadas y su certificación. Las personas facilitadoras podrán en todos los casos desempeñarse para realizar su función en cualquier entidad federativa distinta a la que expidió la correspondiente certificación.
Crea el Registro de Personas Facilitadoras, y la Plataforma Nacional de Personas Facilitadoras y el Sistema Nacional de Información de Convenios.
Prevé la solución de controversias en línea. Ahora en todo el país se podrán solucionar las controversias en línea mediante sistemas automatizados y sistemas de justicia descentralizada.
Los MASC pueden desarrollarse en todo el territorio nacional, permitiendo incluso la interacción con personas que no vivan en México y mantengan relaciones que impacten en el país.
Permite a los centros públicos y privados el desarrollo de prácticas restaurativas.
Integra a la materia administrativa de los MASC, qué ameritará crear centros públicos de MASC en procedimientos administrativos, y la creación de un Consejo Nacional de Justicia Administrativa.
Establece a la Justicia Restaurativa y sus procesos.
Muy importante también, aunque se integra de una manera muy somera, ya prevé a la Justicia Terapéutica para abordar el conflicto de una manera integral con tendencia a la humanización de la justicia alternativa y para atender y prevenir los factores de riesgo.
Que su impacto sea positivo en el país depende del buen entendimiento de la cultura de la paz, y el derecho humano de acceso a la justicia tiene una relación directa también con MASC.
Queremos cotidiano. Un mundo a donde las mujeres encontremos solución a nuestros conflictos de una manera pronta, efectiva, que fomente una cultura de paz. Queremos que los beneficios que dará la Ley General de MASC sean visibles, oportunos y que todas las áreas que tienen responsabilidad para hacer efectivas sus determinaciones, lo cumplan en tiempo, pero también queremos cotidiana una ciudadanía que conozca las leyes que le rigen, sobre todo leyes como ésta, que nace para fortalecer un ganar-ganar.b